Últimos procedimientos
Clausuran comercios por venta de alcohol sin permiso
20/07/2016

El cuerpo de fiscalizadores municipales procedió a la clausura de tres comercios por la comercialización de bebidas alcohólicas sin poseer la licencia provincial REBA. Además, se clausuraron otros 9 locales por no contar con la debida habilitación municipal y por violación y rotura de faja de clausura.

Además, en el marco de las habituales tareas de prevención que se llevan a cabo en el distrito a fin de verificar y regularizar el ejercicio de la actividad comercial, resguardar la salubridad pública, y sancionar a los titulares que ejerzan actividad ilícita o no presenten habilitación correspondiente, personal de la Dirección de Inspección General llevó a cabo un total de 259 inspecciones, en el transcurso de la última semana.

En el informe correspondiente al período del 11 al 17 del corriente, se labraron 69 actas de notificación y 23 de comprobación. En este sentido, el pasado miércoles 13 se realizaron controles en forma conjunta con personal de Arba, Amip, Bromatología y Zoonosis. 

Además, continúan los controles de actividades nocturnas. El fin de semana último se llevaron adelante inspecciones en distintos puntos del distrito, a los efectos de controlar el cumplimiento de la vigencia de la ley 11825, 14050 y 14051 y dando respuestas a denuncias recibidas en el área.

Vale recordar que las leyes provinciales que regulan el expendio continúan vigentes y prevén sanciones para los comerciantes en infracción. Los puntos destacados de la normativa son:

Ley 14050 y 14051

- Incluye a locales bailables, restaurantes, cervecerías, cafeterías, bares, casinos, bingos.

- Admisión en bailables hasta las 02:00 hs.

- Cierre a las 05:30 hs.

- Deben dejar de vender alcohol a las 04:30 hs.

- Deben contar con provisión gratuita de agua potable.

- Prohibición de menores de edad.

- Matiné de 17:30 a 23:00 sin alcohol.

Ley 11825

- Prohíbe el expendio o suministro de alcohol fuera del establecimiento donde se realiza la venta a partir de las 21:00 hs y hasta las 10:00 horas.

- Prohíbe el expendio, suministro, depósito y exhibición en comercios de rubros kioscos y afines.

- Prohíbe la venta y/ o expendio, a cualquier título de bebidas alcohólicas en comercios que no estén inscriptos en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas.

- Prohíbe la venta y/ o suministro de alcohol en lugares donde se efectúen eventos de concurrencia masiva dentro de un radio de 200 mts.

Ley 13178

- Crea el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas.

- Prohíbe la distribución, suministro venta o expendio de bebidas alcohólicas a comercios que no se encuentren inscriptos en el registro.

- Indica categorías de licencias, horarios de comercialización y montos de las  mismas.

Ley 11748

- Prohíbe la venta expendio o suministro de alcohol a menores de 18 años  de edad.

- Exhibir en los locales el cartel de “Prohibida la venta de alcohol a menores de edad”.

- Prevé las sanciones y multas.

Los organismos de control vinculados a verificar su cumplimiento son la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, la Policía Bonaerense y la Gestión Municipal.



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